Ley numero: 989 LEY N° 989 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º .- Otorgar el referendum necesario al Decreto 2147/90. Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el siete de noviembre de mil novecientos noventa y uno.- VIRGILIO LIDER MORILLA/JOSE MIGUEL ANGEL MAYANS Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema Otorgar el referendum al D. 2147/97 s/prórroga de la L.846 -certificados de créditos por un lapso de 2 años, a partir del 01-01-91. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto