Ley numero: 921 LEY N° 921 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Autorízase a la Secretaría de Hacienda de la Nación a descontar de los fondos coparticipables ( Ley Nº 23.548), el monto pagado por los servicios de las deudas originadas en los Contratos de Préstamos ARG-2/83 y ARG-3/83, suscriptos con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPATA), cuyos vencimientos operaron el 11 de agosto de 1989, en seis (6) cuotas iguales y consecutivas, a partir del mes de marzo de 1990. Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veintinueve de marzo de mil novecientos noventa.- VIRGILIO LIDER MORILLA/GILDO INSFRAN Secretario Legislativo/Presidente Nato
Tema Autorizar a la S. de Hacienda de la Nación a descontar de los fondos coparticipables en 6 cuotas, la deuda que el gobierno provincial mantiene con FONPLATA. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto