Ley numero: 909 LEY N° 909 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Aprúebase el convenio celebrado en la ciudad de Buenos Aires con fecha 4 de diciembre de 1.989, antre la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación, representada por el señor Secretario, ing. José Abraham, y la Provincia de Formosa, representada por el señor Gobernador, Dr. Vicente Bienvenido Joga, cuyo texto se agrega y forma parte de la presente ley. Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el diez de mayo de mil novecientos noventa. VIRGILIO LIDER MORILLA/GILDO INSFRAN Secretario Legislativo/Presidente Nato
Tema Aprobar el convenio celebrado entre la S. de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación y la Provincia de Formosa s/crédito con cargo a los recursos del subprograma de Asistencia Tca. del Programa Global de Desarrollo Urbano para la formulación del proyecto obra de usos múltiples: Av. Costanera Norte de la ciudad de Formosa. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto