Ley numero: 884 LEY Nº 884 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Otórgase pensiones graciables y vitalicias a los siguientes ciudadanos: JUAN NICOLAS MALDONADO, L.E Nº 7.108.905 ; ESTEBAN RADOSABAC, C.I. Nº 227.096 ; MARIA CORREA, L.C. Nº 1.965.022 ; MARIA VALENCIA NUÑEZ, L.C. Nº 6.968.932 ; EMILIO IBAÑEZ, C.I. POLICIA FEDERAL Nº 7.422.909; MATEO MIRRUT, C.I.POL.FED. Nº 2.662.884; NARCISA CASSO, L.C. Nº 3.063.770 ; CARMEN DEL PILAR SILVA, D.N.I. Nº 1.458.578 ; ADELA CAMBURSANO, L.C. Nº 6.456.256 ; HAYDEE DOS SANTOS ROJAS, C.I. Nº 213.990 ; MARIA MARTINEZ ; L.C. Nº 3.019.488 ; CARMEN TORRES BOGARIN, C.I. Nº 411.723 y LUIS EUGENIO DELGADO, D.N.I. Nº 18.716.477.- Artículo 2º.- El monto de la pensión será equivalente al haber mensual que, por todo concepto perciba un agente de la categoría diecisiete (17) de la Administración Pública Provincial. Art. 3º.- En el caso que los beneficiarios tuvieren u obtuvieren otra pensión o jubilación del orden nacional, provincial, o municipal se deducirá del presente beneficio. Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos por el Ministerio de Economía, Haciendas y Finanzas de la Provincia . Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el diecinueve de octubre de mil novecientos ochenta y nueve. VIRGILIO LIDER MORILLA HUGO DIEGO MULLER. Secretario Legislativo Vicepresidente Provisional
Tema Otorgar pensiones graciables y vitalicias a los ciudadanos: Juan Nicolás Maldonado, Esteban Radosavac, María Correa, María Valencia Nuñez, Emilio Ibañez, Mateo Mirrut, Narcisa Casso, Carmen del Pilar Silva, Adela Cambursano, Haydee Dos Santos Rjas, María Martínez, Carmen Torres Bogarín y Luis Eugenio Delgado. Autor Dips. Rhiner, Rodolfo Emilio; Mercado, Víctor H.; Herrera, José Aldo; Romero y Calderón Incidencias Texto