Ley numero: 874 LEY Nº 874 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º .- Excluir de la Ley Nº 760, en su artículo 1º, a la beneficiaria SIMEONA ROJAS, L.C. Nº 6.968.338. Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veintiuno de setiembre de mil novecientos ochenta y nueve. VIRGILIO LIDER MORILLA ALFREDO CARLOS BARBERIS. Secretario Legislativo Presidente
Tema Excluir de la L. 760 en su art. 1º a la beneficiaria Simeona Rojas. Autor Dip. Mercado, Víctor Hugo. Incidencias Texto