Ley numero: 835 LEY N° 835 La legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Deróganse los decretos leyes 803/79 y 1337/83. Art. 2º.- Los inmuebles identificados como Solar "C" de la manzana Nº 104 del Plano oficial de la ciudad de Formosa, Monoblock A, B, y C, serán utilizados por el Estado provincial a través del Poder Ejecutivo, exclusivamente para oficinas de las distintas reparticiones de la Administración Pública. Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veinte de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho.- VIRGILIO LÍDER MORILLA/EMILIO JUAN JOSÉ TOMAS Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema Derogar los D.L. 803/79 y 1337/83. Los inmuebles identificados como Solar "C" de la manzana Nº 104 del Plano Oficial de la ciudad de Formosa, Monoblock A, B y C, serán utilizados por el Estado provincial a través del P.E.P., exclusivamente para oficinas de la Admisnitración Pública. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto