Ley numero: 813 LEY N° 813 La legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a emitir pagarés hasta la suma de VEINTICINCO MILLONES DE AUSTRALES (A 25.000.000), para hacer frente al pago de certificados de anticipo financiero y certificados de obras del edificio del Poder Legislativo, con cargo al Presupuesto del ejercicio 1988. Estos documentos serán de carácter transferibles, y se emitirán en las siguientes condiciones: a) Plazo de pago: hasta tres (3) años. b) Forma de pago: pago íntegro más la actualización y/o intereses a las respectivas fechas de vencimiento. c) Tasa de interés: Equivalente al índice de actualización de préstamos que utilice el Banco de la Provincia de Formosa para operaciones imputables al Préstamo consolidado Clientela General, según comunicación "A" del BCRA o la que la reemplace en el futuro. A los efectos del ajuste se considerará la variación operada en referido índice, entre el valor vigente tres días antes de la fecha de emisión de cada pagaré y el vigente tres días antes de la fecha de vencimiento. d) Garantía: de la Provincia de Formosa con aplicación de la Coparticipación Federal. e) Los documentos no incluirán los sellados correspondientes y llevarán al dorso las condiciones de su emisión, conforme los puntos precedentes. Art. 2º.- La falta de pago de los pagarés emitidos por la Provincia de Formosa, devengará de hecho a favor del acreedor o tenedor del documento, un interés, además de la actualización prevista en el inciso "c" del artículo 1º equivalente al 1,5% mensual. Art. 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo o notificar el Presupuesto vigente para permitir la aplicación de al presente ley. Art. 4º.- La Escribanía Mayor de Gobierno certificará al dorso del documento la autencidad del mismo. Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.- VIRGILIO LÍDER MORILLA/HUGO DIEGO MULLER Secretario Legislativo/Vicepresidente Provisional
Tema Facultar al P.E.P. a emitir pagarés, para hacer frente al pago de certificados de anticipo financiero y certificados de obras del Edifício del Poder Legislativo, con cargo al presupuesto del ejercicio 1988.- Autor Empresa Viggiano Construcciones Incidencias - Promulgación: Tacita. Texto