Ley numero: 747 LEY Nº 747 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Decláranse de valor histórico provincial, los bienes muebles de propiedad del Dr. ESTEBAN LAURENO MARADONA, que sirvieron para el ejercicio de su actividad cultural, profesional y social. Art. 2º.- Solicítase al ilustre ciudadano investigador, quiera tener a bien en la instancia que lo crea conveniente, disponer que los bienes de sus pertenencias sean donados y/o legados al Museo Histórico de la Provincia de Formosa. Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veintiseis de mayo de mil novecientos ochenta y ocho.- VIRGILIO LIDER MORILLA/HUGO DIEGO MULLER Secretario Legislativo/Vicepresidente Provisional
Tema Declarar de valor histórico provincial, los bienes muebles de propiedad del Dr. Esteban Laureano Maradona. Autor Junta de Estudios Históricos y Geográficos Incidencias Texto