Ley numero: 692 LEY N° 692 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación una fracción de terreno de dos hectareas ubicado en el ángulo N.O. del lote rural 3 bis, y que es parte del lote nº 3 de la Colonia Formosa, con destino a la realización de obras de abastecimiento de agua potable para los barrios Eva Perón, Simón Bolivar, Juan Domingo Perón, Virgen del Luján y otros que se construyan en ese sector. Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a adquirir en forma directa el inmueble descripto en el artículo 1º, en un todo de acuerdo al régimen de expropiaciones vigente (decreto-ley 490/77) y para el caso de no lograrse el avenimiento de las partes, entablar la pertinente acción judicial de expropiación. Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el trece de octubre de mil novecientos ochenta y siete.- VIRGILIO LIDER MORILLA/TOMAS HUGO PASSERINI Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación fracción de terreno del Lote Rural 3 bis de la Colonia Formosa, con destino a obras de abastecimiento de agua potable para los barrios Eva Perón, Simón Bolivar, Juan D. Perón, Virgen de Luján y otros que se construyan en ese sector. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto