Ley numero: 666 LEY Nº 666 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la planta urbana de la localidad de Tatané, manzana nº 36 parcela "1" de la Colonia Herradura del Departamento Laishí, con destino a obras de abastecimiento de agua potable. Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, el día treinta de Junio de mil novecientos ochenta y siete.- VIRGILIO LÍDER MORILLA/TOMÁS HUGO PASSERINI Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble ubicado en la localidad de Tatané, con destino a obras de abastecimiento de agua potable. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto