Ley numero: 551 LEY N° 551 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1°.- Declárase semana del estudiante y cese de actividades áulicas desde el día 16 de Septiembre de 1985 hasta el 21 de Septiembre de 1985 con carácter de excepción y por única vez, en dependencias de la Dirección de Educación Media y Superior, con motivo de celebrarse el "Año Internacional de la Juventud". Art. 2°.- Hacer extensible lo dispuesto en la presente ley a todos los establecimientos educacionales dependientes del orden nacional, tanto oficiales como privados que desarrollen sus actividades en el ámbito provincial. Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el día diez de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.- NÉSTOR RAMÓN MAMANÍ/LISBEL ANDRÉS RIVIRA Secretario Legislativo/Vicegobernador
Tema EDUCACIÓN. Declarar Semana del Estudiante y cese de actividades áulicas desde el 16 hasta el 21-9-85, por única vez, en los niveles medio y superior, con motivo de celebrarse el Año Internacional de la Juventud". Autor Dip. Branda, Carlos Ernesto. Incidencias Texto