Ley numero: 475 LEY N° 475 La Legislatura de la Provincia Sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1°.- Concédese a la señora ELENA BRÍTEZ Vda. de SAADE (clase 1929 - L.C. 6.960.949) una pensión graciable vitalicia mensual equivalente a la remuneración fijada para la categoría 22 del Escalafón de la Administración Pública, en el carácter de ex- esposa del Sr. Wadih Saade quien se desempeñara como Concejal de la Municipalidad de Pirané en el período 25 de abril de 1973 al 24 de marzo de 1976. Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas. Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el día treinta y uno de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.- NESTOR RAMÓN MAMANÍ/JUVENAL ANTONIO IZA Secretario Legislativo/Pte.Comis.de As.Económicos y de O.Públicas a/c Presidencia
Tema Pensión graciable y vitalicia a la Sra. Elena Brítez Vda. de Saade. Autor Dip. Hardy, Aníbal Osvaldo. Incidencias Texto