Ley numero: 367 LEY Nº 367 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley : Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 25º del Decreto-Ley 009 de fecha 27 de febrero de 1974, el quedará redactado de la siguiente manera : "Artículo 25º : El Exmo. Superior Tribunal de Justicia estará compuesto por tres miembros con el título de Ministro y por un procurador General. Ejercerá la Jurisdicción sobre todo el territorio de la Provincia, teniendo su asiento en la Capital de la misma." Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese.- Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de diputados de la provincia de Formosa, el día diecisiete de diciembre de mil novecientos ochenta y tres.- NESTOR RAMON MAMANÍ/LISBEL ANDRES RIVIRA Secretario Legislativo/Presidente Nato
Tema Modificar el art. 25º del Decreto-Ley Nº 009/74, referente a organización del Poder Judicial. Autor Poder Ejecutivo Incidencias Derogada por Ley 521 (B.O. 3048, P. 1) Texto