Ley numero: 1635
LEY Nº 1635
La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Apruébanse las Cuentas de Inversión
de la Administración Pública de Formosa correspondientes al
Ejercicio Económico Financiero 2015, de conformidad con lo
establecido en el inciso 8º del artículo 120 de la Constitución
Provincial y toda normativa financiera aplicable.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo,
publíquese y archívese.
Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Diputados de la provincia de Formosa, el cinco de mayo de dos mil
dieciséis.
Lic. DARIO RAUL GUERRA / Dr.
ARMANDO FELIPE CABRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO /
PRESIDENTE PROVISIONAL
HONORABLE LEGISLATURA /
HONORABLE LEGISLATURA
Tema CUENTAS DE INVERSION. Apruébanse las Cuentas de Inversión de la Administración Pública de Formosa correspondientes al Ejercicio Económico Financiero 2015 Autor M.E.H y F Incidencias Texto