Ley numero: 1620
L E Y Nº 1620
La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de
Formosa al artículo 52 de la Ley Nacional Nº 27.008 que
prorroga para el ejercicio 2015 la Ley Nacional Nº 26.530, que
establece las excepciones a la Ley Nacional Nº 25.917 -Régimen
Federal de Responsabilidad Fiscal-.
Art. 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para
que, por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, se adopten
las medidas financieras, económicas, presupuestarias y se dicte las
normas aclaratorias e interpretativas y complementarias necesarias
para la implementación de la presente, así como a celebrar
convenios, suscribir la documentación y los instrumentos adecuados y
a realizar todas las gestiones para su aplicación.
Art. 3º.- Derógase toda norma que se oponga a
la presente.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo,
publíquese y archívese.
Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Diputados de la provincia de Formosa, el dieciocho de diciembre de
dos mil catorce.
LIC. DARIO RAUL GUERRA /
ARMANDO FELIPE CABRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO
PRESIDENTE PROVISIONAL
Tema Adhiérese la Provincia de Formosa al artículo 52 de la Ley Nacional Nº 27.008 que prorroga para el ejercicio 2015 la Ley Nacional Nº 26.530, que establece las excepciones a la Ley Nacional Nº 25.917 -Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal
Autor Incidencias Texto