Ley numero: 1617
L E Y Nº 1617
La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Actualízase la valuación
fiscal de los bienes inmuebles de la Provincia de Formosa, que
será la resultante de multiplicar la valuación fiscal
correspondiente al año 2014, establecida conforme a la Ley Nº 1604,
por los siguientes coeficientes:
Terrenos Urbanos libres de mejoras y con mejoras: por el coeficiente
1.35 (x1.35).
Terrenos Rurales: Hasta 500 ha: por el coeficiente 1.35 (x1.35).
Desde 500 ha: por el coeficiente 1.5 (x1.5).
Art. 2º.- La valuación fiscal establecida en
el artículo anterior será la base imponible para la liquidación
del impuesto inmobiliario correspondiente al período 2015, y tendrá
vigencia a partir del 1º de enero de 2015.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo,
publíquese y archívese.
Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Diputados de la provincia de Formosa, el dieciocho de diciembre de
dos mil catorce.
LIC. DARIO RAUL GUERRA /
ARMANDO FELIPE CABRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO
PRESIDENTE PROVISIONAL
Tema Actualízase la valuación fiscal de los bienes inmuebles de la Provincia de Formosa Autor Incidencias Texto