Ley numero: 1586 L
E Y Nº 1586
La Legislatura de la
Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo
1°.-
Déjase sin efecto a requerimiento de su titular la jubilación
otorgada al C.P.N. Lázaro Caballero, D.N.I. Nº 7.839.377, concedida
por el artículo primero de la Ley Nº 1488, en su calidad de
Secretario Administrativo de la Honorable Legislatura Provincial. Art.
2°.- Modifícase
el Artículo 1º de la Ley Nº 1488, el que queda redactado de la
siguiente manera: Artículo
1º.- Ratifícase la continuidad
del beneficio de jubilación otorgado a favor del señor Ramón Abel
Navarrete, L.E. Nº 7.631.197 por la Ley Nº 1488, en su calidad de
Secretario de Estado del Poder Ejecutivo de la provincia de Formosa.
Art. 3°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo,
publíquese y archívese. Sancionada
en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la
provincia de Formosa, el cuatro de octubre de dos mil doce.
ESTER FATIMA VILLAMAYOR /
ARMANDO FELIPE CABRERA
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA /
PRESIDENTE PROVISIONAL
HONORABLE LEGISLATURA /
HONORABLE LEGISLATURA
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