Ley numero: 1512 - L E Y Nº 1512 - La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Formosa a la Ley Nacional Nº 26.060, "Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera". Art. 2º.- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de la Producción, instrumentará los mecanismos y normas reglamentarias pertinentes, a fin de cumplimentar en el ámbito de su jurisdicción, la aplicación de la presente Ley. Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el seis de septiembre de dos mil siete. RAUL VIRGILIO GALEANO / DR. ARMANDO FELIPE CABRERA SECRETARIO LEGISLATIVO / PRESIDENTE PROVISIONAL
Tema AGRICULTURA. Adhiérese la Provincia de Formosa a la Ley Nacional Nº 26060, "Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera".- Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto