Ley numero: 1438 - L E Y N° 1438 - La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1°.- Suspéndese la aplicación del inciso "J" del artículo 54 del decreto-ley 696/78 - Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial - mientras dure la vigencia de la emergencia económica nacional, establecida por ley 25.561 y prorrogada por la 25.820, a la que se halla adherida la Provincia de Formosa por ley 1367, a partir de la fecha de promulgación de la presente. Art. 2°.- Invítase a las municipalidades y comisiones de fomento, a adherir a lo dispuesto en el artículo precedente. Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el quince de abril de dos mil cuatro. Arq. RAUL VIRGILIO GALEANO / Dip. ARMANDO FELIPE CABRERA Secretario Legislativo / Presidente Provisional
Tema EMERGENCIA ECONOMICA - Suspéndese la aplicación del inciso "J" del artículo 54 del decreto-ley 696/78 - Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial - Mientras dure vigencia de L 25561 prorrogada por L. 25820.- Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto