Ley numero: 1349 LEY N° 1349 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de ley: Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial y por el término de vigencia del "COMPROMISO FEDERAL PARA EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL", suscripto entre el Gobierno Federal y las Provincias el 17 de noviembre del año en curso, a dictar normas de carácter tributario y en especial referente a: a) Derogación y/o modificación de cualquier tipo de tributo, incluyendo los aportes y/u obligaciones previstos en la Ley 482. b) Modificación de alícuotas de tributos y de tasas de intereses resarcitorios y punitorios. c) Derogación o inclusión de exenciones en los tributos vigentes. d) Modificaciones de los conceptos correspondientes a bases imponibles, bonificaciones y deducciones admitidas. e) Modificación de los importes y categorías de los impuestos mínimos vigentes. f) Adaptación e inclusión de normas de carácter formal y/o sustancial destinadas a mejorar los procedimientos de recaudación de tributos. g) Establecer sistemas especiales de regularización de obligaciones tributarias y facilidades de pago, que podrán contener aspectos relativos a condonaciones totales o parciales de impuestos y/o intereses, quitas, esperas, etc. Artículo 2°.- Las normas que se dicten en uso de las atribuciones concedidas en el artículo anterior podrán ser de aplicación general o específica a un determinado conjunto de contribuyentes, espacio geográfico o actividad. Artículo 3°.- Ratifícanse los Decretos 482/92, 490/92, 1366/93, 1376/93, 64/94, 359/94, 59/95, 482/95, 267/96, 488/96, 431/97, 747/98, 1836/98, 788/99, 848/99 y 93/99. Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el seis de diciembre del año dos mil. VIRGILIO LIDER MORILLA/JOSE MIGUEL ANGEL MAYANS SECRETARIO LEGISLATIVO/PRESIDENTE PROVISIONAL
Tema PODER EJECUTIVO. "COMPROMISO FEDERAL PARA EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL" Autor Poder Ejecutivo Incidencias Ley N° 1347 Texto