Ley numero: 1248 LEY Nº 1.248 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble indiviadualizado como lote 3 d, Quinta nº8, del Lote Rural nº l52 del plano oficial de Formosa, con una superficie total de 1.522,50 m2; inscripto en el Registro de la Propiedad inmueble a nombre del señor Carlos Arístides Román, en el Folio Real Matrícula nº 11.661 (1), del Departamento Formosa. Artículo 2º.- El inmueble mencionado en el artículo precedente, será destinado a la ampliación del Aeropuerto Internacional El Pucú. Art. 3º.- Autorízase al Poder ejecutivo a adquirir en forma directa el inmueble descripto en el artículo 1º, de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 16 del decreto -ley nº 490/77- Régimen de Expropiaciones-, y para el caso de no lograrse avenimiento de partes, a entablar la pertinente acción judicial de expropiación a través de la Fiscalia de Estado.- Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará a Rentas Generales. Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el dos de octubre de mil novecientos noventa y siete.- VIRGILIO LIDER MORILLA/JOSE MIGUEL ANGEL MAYANS Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema INMUEBLE.Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble, Lote 3d, Quinta nº 8, del Lote Rural nº 152 del plano oficial de Formosa, propiedad del sr. Carlos Arístides Román, destinado a la ampliación del Aereopuerto Internacional El Pucú.- Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto