Ley numero: 1244 LEY Nº 1244 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Excluir de la Ley Nº 1068, en su artículo 1º, al beneficiario PEDRO OLMEDO, D.N.I. Nº 7.839.336.- Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el cuatro de setiembre de mil novecientos noventa y siete.- VIRGILIO LIDER MORILLA/JOSE MIGUEL ANGEL MAYANS Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema JUBILACIONES Y PENSIONES. Excluir de la Ley nº 1068, al beneficiario Pedro Olmedo. Autor Dip. Pedro Olmedo Incidencias Texto