Ley numero: 1147 LEY N° 1147 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Asistencia Financiera para la privatización del Banco de la Provincia de Formosa, suscripto por el señor Gobernador doctor Vicente Bienvenido Joga, en representación de la Provincia de Formosa, y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, representado por el Banco de la Nación Argentina a través de su Presidente, doctor Aldo Antonio Dadome, en la ciudad de Buenos Aires el día 28 de abril del corriente año. Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a garantizar, con fondos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos o con otros activos, el préstamo que ha sido formalizado por el Convenio mencionado en el artículo 1° como así también a cumplimentar otros requisitos y condiciones necesarios para la legitimación del acto aprobado por la presente ley. Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el primero de Junio de mil novecientos noventa y cinco.- VIRGILIO LIDER MORILLA/JOSE MIGUEL ANGEL MAYANS Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema Aprobar el Convenio de Asistencia Financiera para la Privatización del Banco de la Provincia de Formosa, suscripto el 28-04-95, con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial. D.N. 286 y 445/95.- Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto