Ley numero: 1118 LEY Nº 1118 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º.- Otórgase a doña DIALMA CAMPOS viuda de Baldus, D.N.I Nº 6.963.740, el derecho de pensión mensual a partir del 1º de agosto de 1994, en su carácter de viuda del ex Ministro, don FEDERICO BALDUS, conforme a lo prescripto en la Ley nº 992. Artículo 2º.- Acuérdase a la beneficiaria de esta ley el anticipo que le corresponde, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley 992. Art. 3º.- Trasládase la presente actuación legislativa nº 253/93 a la Caja de Previsión Social de la Provincia, a sus efectos. Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y cuatro.- VIRGILIO LIDER MORILLA/FRANCISCO DOLORES VEGA Secretario Legislativo/Vicepresidente
Tema Otorgar pensión mensual a Dña. Dialma Campos, en su carácter de Viuda del ex-Ministro don Federico Baldus. Autor Dña. Dialma Campos de Baldus. Incidencias Texto