Ley numero: 1040 LEY N° 1040 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º .- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial, afectando fondos de Coparticipación Federal, a reforzar en forma adicional la garantía de los Bonos de Consolidación de Deudas en operaciones de créditos que concrete el Banco de la Provincia de Formosa, con el objeto de mejorar el perfil de las operaciones financieras en su costo y condiciones generales. Art. 2º.- La autorización conferida por el artículo 1º comprende operaciones de préstamos hasta PESOS: VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000). Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el primero de julio de mil novecientos noventa y tres.- VIRGILIO LÍDER MORILLA/GILDO INSFRAN Secretario Legislativo/Presidente Nato
Tema Facultar al P.E.P. , afectando fondos de coparticipación federal , a reforzar en forma adicional la garantía de los bonos de Consolidación de deudas. Comprende operaciones de préstamos hasta $ 25.000.000 .- Autor Poder Ejecutivo Incidencias Texto