Ley numero: 1019 LEY N° 1019 La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1º .- Adhiérese la Provincia de Formosa a la Ley Nacional Nº 23.877, de Promoción y Fomento de la Investigación y Desarrollo, Transmisión de Tecnología y Asistencia Técnica, conforme con lo establecido en su artículo 18. Art. 2º.- Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo, con las funciones estipuladas en el artículo 22 de la citada norma legal. Art. 3º.- Créase el Consejo Consultivo para la Promoción y Fomento de la Investigación y Desarrollo, Transmisión de Tecnología y Asistencia Técnica, cuyas funciones serán las de asesorar y proponer medidas y acciones a la autoridad de aplicación. Art. 4º.- El Consejo Consultivo presidido por el señor Ministro Secretario de Planeamiento y Desarrollo, y estará integrado por los representantes de las instituciones públicas y privadas vinculadas al quehacer científico, tecnológico y de desarrollo de las actividades productivas, sociales y políticas de la Provincia, que determine la reglamentación de la presente ley, de acuerdo con la propuesta que a tal efecto elevará la autoridad de aplicación al Poder Ejecutivo. Art. 5º.- La autoridad de aplicación establecerá la estructura y funciones, y dictará el reglamento interno del Consejo Consultivo, contemplando las acciones y procedimientos necesarios para el adecuado cumplimiento de los fines propuestos. Art. 6º.- La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los treinta (30) días de su promulgación. Art. 7º.- Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente. Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese. Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el primero de octubre de mil novecientos noventa y dos. VIRGILIO LIDER MORILLA/ARSENIO JOSE RETAMAR Secretario Legislativo/Presidente Provisional
Tema Adhesión a la L. N. 23877. Crear el consejo Consultivo para la Promoción y Fomento de la Investigación y Desarrollo, Transmisión de Tecnologia y Asistencia Técnica. Autor Dip. Calderón, Alberto Daniel. Incidencias D. 480/93- Constituyese el Consejo Consultivo (B:O: 4946,p.l) Ley 1485 Modifica art. 2º (B.O.P. 8048, p.2. 28/12/05) Texto